Introducción a las Resoluciones
El 31 de marzo de 2025, la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, bajo la dirección de Karina Elizabeth Milei, emitió una serie de resoluciones que buscan establecer un marco legal y operativo para la cesión de bienes en desuso o decomisados al Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil (SINAGIR). Este conjunto de resoluciones es fundamental para la optimización y gestión de los recursos del Estado, permitiendo que bienes que ya no se utilizan puedan ser aprovechados en actividades que fortalezcan la protección civil y la prevención de riesgos en el país.
Las resoluciones firmadas buscan dar respuesta a la necesidad de una gestión más eficiente de los bienes del Estado, que a menudo son olvidados o no se utilizan adecuadamente. Al transferir estos activos al SINAGIR, se busca no solo la revalorización de estos bienes, sino también contribuir al fortalecimiento de las capacidades operativas de este sistema, que juega un papel clave en la protección de las comunidades ante situaciones de emergencia.
Además, este proceso de cesión se alinea con las políticas del Gobierno en materia de transparencias y eficiencia administrativa, promoviendo un uso más racional de los recursos materiales disponibles. Con estas resoluciones, se espera fomentar una cultura de responsabilidad en la gestión pública, donde la utilización de recursos en desuso se convierta en una práctica común y donde se priorice la seguridad y el bienestar de la ciudadanía. De este modo, las resoluciones emitidas por la Secretaría General de la Presidencia no solo se constituyen en un acto administrativo; son un paso significativo hacia un manejo más consciente y sustentable de los bienes públicos, esenciales para la protección civil en el país.
Marco Legal de la Cesión de Bienes
El marco legal que sustenta las cesiones de bienes al Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGIR) se encuentra estrechamente vinculado al artículo 4° de la Ley n° 25.603, la cual establece directrices claras para la disposición de aquellos bienes que se encuentran en estado de rezago, abandono o que han sido objeto de decomiso. Esta legislación se ha modificado a lo largo del tiempo para adaptarse a las necesidades cambiantes de la administración pública y garantizar que los recursos disponibles sean utilizados de manera eficiente y eficaz.
En términos generales, la Ley n° 25.603 permite a las entidades gubernamentales ceder bienes que ya no son útiles para su funcionamiento a otras instituciones que pueden hacer un mejor uso de ellos, como es el caso del SINAGIR. Esta cesión no solo implica la transferencia física de los bienes, sino que también conlleva una responsabilidad administrativa por parte de la entidad receptora para asegurar que estos activos sean utilizados en la promoción de la gestión de riesgos y la prevención de desastres naturales.
Las implicancias legales de la disposición de bienes bajo este marco normativo son significativas. Por un lado, proveen un mecanismo para optimizar recursos en el sector público, promoviendo un uso más estructurado y orientado hacia el bien común. Por otro lado, es fundamental que las entidades involucradas en el proceso de cesión cumplan con los requisitos establecidos por la ley, asegurando la transparencia en las operaciones y evitando posibles irregularidades que podrían derivar en mal uso de los bienes transferidos.
En conclusión, la regulación de la cesión de bienes bajo la Ley n° 25.603 y sus modificatorias sustenta un proceso crucial para la gestión eficiente de recursos en el contexto del SINAGIR, contribuyendo así a fortalecer la capacidad del país para enfrentar y mitigar los efectos de desastres naturales.
Obligaciones del SINAGIR
La cesión de bienes en virtud de las resoluciones emitidas por la Secretaría General de la Presidencia implica una serie de obligaciones que son de vital importancia para el SINAGIR (Sistema Nacional de Gestión Integral de Riesgos). Como beneficiario de esta cesión, el SINAGIR debe cumplir con ciertos plazos y procedimientos establecidos, que aseguran no sólo la correcta gestión de los bienes, sino también la transparencia y efectividad en su utilización para la gestión de riesgos.
Una de las principales obligaciones es informar a la Secretaría sobre la fecha estimada para el retiro de las mercaderías. Este aviso es esencial, ya que permite a las autoridades coordinar la logística necesaria para la entrega de los bienes, evitando demoras que puedan afectar las operaciones del SINAGIR. La precisión en esta comunicación no sólo refleja un compromiso con la eficiencia, sino que también facilita el control del inventario y el seguimiento de los bienes cedidos.
Adicionalmente, el SINAGIR está obligado a remitir una conformidad de inventario que certifique la recepción de los bienes. Este documento actúa como un registro formal de los activos recibidos y es crucial para mantener la trazabilidad de los bienes en posesión del sistema. La conformidad de inventario debe ser enviada en un plazo razonable y debe incluir detalles específicos sobre las condiciones en las que se recibieron las mercaderías.
Es importante señalar que, en caso de no cumplir con estas obligaciones, el SINAGIR podría enfrentar repercusiones significativas. Una falta de respuesta o un incumplimiento de los plazos estipulados podría conllevar el rechazo tácito de la cesión, lo que significaría que los bienes no serían oficialmente transferidos al SINAGIR, afectando su capacidad para gestionar eficientemente los riesgos en situaciones de emergencia. Por lo tanto, el cumplimiento de estas obligaciones es fundamental para garantizar el funcionamiento adecuado del sistema y la utilización efectiva de los recursos asignados.
Impacto de las Resoluciones en la Gestión de Riesgos
Las resoluciones emitidas por la Secretaría General de la Presidencia que permiten la cesión de bienes al Sistema Nacional para la Gestión Integral de Riesgos (SINAGIR) tienen una repercusión significativa en la labor de este organismo en la gestión de riesgos y protección civil. Estos bienes, que pueden estar en desuso o ser el resultado de operaciones de decomiso, cuentan con un potencial considerable para fortalecer la capacidad operativa del SINAGIR. Al facilitar el acceso a estos recursos, las resoluciones promueven un enfoque más efectivo y eficiente en la respuesta ante situaciones de emergencia.
El aprovechamiento de bienes que de otro modo estarían inactivos o sin uso se traduce en la posibilidad de dotar al SINAGIR de herramientas esenciales para llevar a cabo su labor. Esto incluye equipos de comunicación, vehículos, y materiales que son fundamentales para la atención de desastres naturales o situaciones de crisis. La disponibilidad de estos activos no solo mejora la logística y movilización de recursos por parte del SINAGIR, sino que también contribuye a una respuesta más rápida y coordinada ante cualquier eventualidad, lo cual es esencial en la gestión de riesgos.
La existencia de recursos adecuados es crucial para afrontar de manera eficaz las diversas amenazas a la seguridad civil. La correcta utilización de estos bienes puede incrementar la capacidad del SINAGIR para implementar programas de prevención, así como llevar a cabo campañas de sensibilización y capacitación en la población. Esto, a su vez, fomenta una cultura de prevención y respuesta, donde la comunidad está más preparada para enfrentar emergencias. Las resoluciones de la Secretaría General de la Presidencia, por lo tanto, no solo impactan el funcionamiento interno del SINAGIR, sino que también tienen implicaciones positivas para la sociedad en general en términos de seguridad y resiliencia ante desastres.

Off Topic es un autor que aborda temas de libertad individual y acción ciudadana en la web Libertad en Acción. Sus escritos ofrecen una perspectiva reflexiva y crítica sobre diversos temas de actualidad, fomentando el debate y la conciencia social.