Introducción a la resolución
Recientemente, la Dirección Nacional de Vialidad ha tomado decisiones importantes respecto a las obligaciones de caminos del río Uruguay S.A. en la gestión del corredor n° 18. Esta resolución se fundamenta en una serie de infracciones contractuales que han sido identificadas durante la evaluación de estado del año 2021.
Fallo sobre el mantenimiento de la ruta
El artículo 1º de la resolución informa que caminos del río Uruguay S.A. ha incumplido la obligación contractual establecida en el artículo 3, que trata sobre las condiciones exigibles para la calzada de rodamiento. Específicamente, se han encontrado índices de estado (IE) inferiores a lo contractual en diferentes tramos de la ruta nacional n° 12, destacando valores que oscilan entre 3.50 y 7.19.
Implicaciones y sanciones
Como consecuencia del incumplimiento mencionado, el artículo 2º establece una multa de seiscientas ochenta mil quinientas veinte unidades de penalización (680.520 UP). Esta sanción es una medida necesaria para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte de la concesionaria y evitar la degradación de la infraestructura vial. La notificación de esta resolución se gestionará a través de los canales administrativos establecidos, asegurando así que todas las partes implicadas estén debidamente informadas.

Off Topic es un autor que aborda temas de libertad individual y acción ciudadana en la web Libertad en Acción. Sus escritos ofrecen una perspectiva reflexiva y crítica sobre diversos temas de actualidad, fomentando el debate y la conciencia social.