Introducción a la Resolución 105/2025
La Resolución 105/2025, emitida por la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, representa un hito significativo en el marco de la gestión de bienes de Estado, más específicamente en lo que concierne a la cesión de bienes de rezago aduanero. Esta normativa implica un proceso por el cual bienes que han quedado en desuso o que no han sido reclamados por sus dueños, son asignados a instituciones que se dedican a la atención y mejora de servicios esenciales, en este caso, la Fundación Hospital de Pediatría ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’.
La cesión de bienes de rezago aduanero se entiende como una forma eficaz de administrar recursos que, de otro modo, podrían quedar en el olvido o generar costos adicionales al Estado. Este procedimiento no sólo optimiza la gestión pública, sino que también promueve el bienestar social al redirigir estos bienes hacia instituciones que se benefician de ellos. En el caso de la Fundación Garrahan, estos recursos se traducen en mejoras en la atención pediátrica en Argentina, un área que requiere atención continua y adaptación a las necesidades de salud de la infancia.
La resolución también plantea importantes cuestiones legales y sociales. Desde el punto de vista legal, es crucial que la cesión de bienes siga un proceso transparente y regulado para garantizar que se cumplan todos los requisitos establecidos por la ley. A nivel social, la decisión del gobierno refleja un compromiso con la salud infantil, subrayando la importancia de apoyar instituciones que trabajan en la prevención y tratamiento de enfermedades en la población pediátrica. La Fundación, a través de estos bienes, puede mejorar sus instalaciones, adquirir equipamiento médico esencial y ofrecer servicios de salud de calidad, contribuyendo a un mejor futuro para los niños del país.
Marco Legal: Ley Nº 25.603 y sus Modificatorias
La Ley Nº 25.603, promulgada en el año 2002, establece un marco legal fundamental para la cesión de bienes de rezago aduanero. En particular, el artículo 5º de esta legislación es crucial, ya que permite la transferencia de bienes en desuso sin costo alguno para el Estado. Esta disposición responde a la necesidad de optimizar los bienes que, por diversas razones, no pueden ser utilizados de manera efectiva en el ámbito público y que, en cambio, pueden ser de gran utilidad para entidades sin fines de lucro, como es el caso de la Fundación Hospital de Pediatría ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’.
En virtud del artículo mencionado, el proceso de cesión requiere que se cumplan ciertos requisitos, tales como la identificación clara de los bienes a transferir y la justificación del impacto positivo que dicha cesión podría tener en la entidad beneficiaria. Además, la ley estipula que deberán realizarse auditorías o revisiones del estado de los bienes a ceder, asegurando que su transferencia no afecte negativamente la integridad del patrimonio del Estado. Este control permite mantener la transparencia y la rendición de cuentas en el uso de recursos públicos.
Es importante señalar que la Ley Nº 25.603 ha sido objeto de varias modificaciones desde su promulgación, adecuándose a diferentes contextos y necesidades legislativas. Estas modificaciones han permitido ampliar el alcance de la norma, facilitando transacciones similares a las que ahora se consideran bajo la Resolución 105/2025. Así, se establece un precedente para futuras colaboraciones entre el sector público y entidades privadas, promoviendo el uso eficiente de bienes no utilizados y fomentando el desarrollo de servicios esenciales destinados a la comunidad.
Detalles de la cesión: bienes transferidos a la Fundación
La cesión de bienes de rezago aduanero a la Fundación Hospital de Pediatría ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’ ha sido determinada bajo la disposición N° DI-2023-326-E-AFIP-DIABSA, que establece un marco claro para el traspaso de determinados activos. Este proceso tiene como objetivo apoyar las operaciones del hospital al proporcionar recursos que pueden ser utilizados para mejorar la atención pediátrica. En este contexto, es fundamental identificar los tipos de bienes que serán transferidos, así como su estado actual y funcionalidad.
Entre los bienes que se han considerado para la cesión se incluyen equipos médicos, mobiliario y suministros que han permanecido en los depósitos aduaneros. Estos se describen de la siguiente manera: en primer lugar, se dispone de equipos de diagnóstico, como ecógrafos y monitores de signos vitales, que, a pesar de haber estado almacenados, se encuentran en condiciones operativas satisfactorias. Además, se han identificado muebles, tales como camas hospitalarias y sillas de espera, que son esenciales para la comodidad y el bienestar de los pacientes y sus familias.
El estado actual de estos bienes ha sido cuidadosamente evaluado por expertos en logística y en gestión de recursos médicos, quienes han categorizado los artículos en función de su aplicabilidad inmediata y necesidad en las instalaciones del hospital. Este procedimiento de identificación y selección no solo asegura que los activos sean apropiados para su propósito, sino que también prioriza la utilización efectiva de los recursos disponibles, contribuyendo así a la sostenibilidad del hospital.
Se espera que esta transferencia de bienes represente un impacto significativo en las operaciones diarias del Hospital de Pediatría, al proporcionar herramientas y recursos valiosos que facilitarán la atención y el tratamiento de los pacientes, reforzando la misión de la institución en pro de la salud infantil.
Impacto y Beneficios de la Cesión de Bienes en la Atención Pediátrica
La cesión de bienes de rezago aduanero a la Fundación Hospital de Pediatría ‘Prof. Dr. Juan P. Garrahan’ representa una oportunidad significativa para optimizar la atención pediátrica en Argentina. Al proporcionar recursos que de otro modo estarían desperdiciados, la fundación puede mejorar la infraestructura y los servicios ofrecidos a los pacientes, asegurando un entorno más seguro y eficiente para el tratamiento de enfermedades infantiles.
Una de las ventajas más notables de esta cesión es la posibilidad de aumentar la capacidad de atención del hospital. Con la incorporación de equipos médicos y suministros necesarios, el hospital puede atender a un mayor número de pacientes, reduciendo las listas de espera y, por ende, el tiempo de espera para el tratamiento. Esto es crucial, ya que los retrasos en la atención médica pueden agravar las condiciones de salud de los niños, y garantizar un acceso más rápido a los cuidados requeridos puede ser determinante para su bienestar.
Además, contar con bienes de rezago aduanero permite a la fundación invertir en la capacitación del personal médico y en la implementación de nuevos protocolos de atención. La formación continua es esencial en el campo pediátrico, donde cada avance y herramienta puede hacer una diferencia notable en el cuidado de los pacientes. La experiencia de otros hospitales que han implementado medidas similares muestra que estas iniciativas no solo aportan recursos materiales, sino que también crean un ambiente de trabajo más motivador y eficiente.
Ejemplos de cesiones exitosas en otras instituciones demuestran que el apoyo logístico y material tiene un impacto directo en la calidad del servicio. El caso de hospitales que han aumentado su eficiencia y reducido costos gracias a la donación de bienes es ilustrativo de la importancia de estas iniciativas. Por lo tanto, la cesión de bienes de rezago aduanero puede ser vista como un pilar fundamental en la modernización y mejora de la atención pediátrica en nuestro país.

Off Topic es un autor que aborda temas de libertad individual y acción ciudadana en la web Libertad en Acción. Sus escritos ofrecen una perspectiva reflexiva y crítica sobre diversos temas de actualidad, fomentando el debate y la conciencia social.