Nuevas Normativas del Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares

Agricultura y Regulaciones
Resumen de la Resolución El presidente del directorio del Instituto Nacional de Semillas ha emitido una nueva resolución...

Resumen de la Resolución

El presidente del directorio del Instituto Nacional de Semillas ha emitido una nueva resolución que establece cambios significativos en los procedimientos relacionados con el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares. Este documento introduce varios artículos que detallan las fechas de vencimiento para el pago del arancel anual, penalidades por pagos fuera de término y demás aspectos administrativos relevantes.

Fechas de Vencimiento y Penalidades

Según el artículo 1º de la resolución, el nuevo plazo límite para el pago del arancel anual para el año 2025 es el 31 de julio, mientras que a partir de 2026 esta fecha se adelanta al 31 de mayo. Además, el artículo 2º estipula que cualquier pago efectuado fuera de este plazo incurrirá en una penalidad del 50% del valor del arancel vigente, lo que pone de relieve la importancia de cumplir con estos plazos.

Obligaciones para los Titulares de Cultivares

La resolución también establece que es obligatorio realizar el pago de la anualidad en el momento de la inscripción del cultivar, tal como se indica en el artículo 3º. Asimismo, a partir del año posterior a la inscripción, los titulares deberán utilizar el “portal de servicios inase” para gestionar sus pagos, garantizando así que la información esté siempre actualizada, como exige el artículo 6º. Estas medidas buscan mejorar la eficiencia y la transparencia en el manejo del registro.

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