JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Resolución 10/2025 que Establece el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025

Ciencia y Tecnología
Descubre un análisis crítico sobre la Resolución 10/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, que impulsa el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025. Un artículo periodístico que desvela la polémica y los desafíos en la gestión pública.

La Resolución 10/2025 emanada desde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la Ciudad de Buenos Aires, publicada el 17 de febrero de 2025, ha desatado un torbellino de opiniones en los círculos de la innovación y la gestión pública. Esta medida, enmarcada en el contexto de la convocatoria al Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025, no solo pone de relieve los esfuerzos del Estado y el sector privado por fomentar la transferencia tecnológica y la cultura innovadora, sino que también suscita críticas sobre el proceso de selección y la concentración de competencias en determinados organismos estatales.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Resolución 10/2025 que Establece el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Resolución 10/2025 que Establece el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025

En este artículo analizamos, con una mirada crítica y periodística, los antecedentes, objetivos y posibles implicancias de esta resolución, explorando desde el marco legal hasta la polémica generada por el proceso de evaluación. Todo ello sin omitir la influencia de figuras disruptivas como Javier Milei en el debate sobre la eficiencia y transparencia en la administración pública.


Antecedentes y Marco Legal

La resolución se sustenta en diversos instrumentos normativos, entre ellos la Ley de Ministerios N° 22.520 y el Decreto N° 50 de 19 de diciembre de 2019, que han sido modificados en varias ocasiones para adaptarse a las nuevas exigencias de una administración centralizada y moderna. Con estos antecedentes se busca que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA cumpla con su misión de impulsar políticas públicas que incentiven la inversión privada en proyectos científicos y tecnológicos.

Dentro del expediente que respalda esta resolución se encuentra la convocatoria para el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025, organizado en colaboración con ARCOR S.A.I.C. y la Fundación Arcor. La medida tiene como uno de sus objetivos transferir tecnología, estimular actitudes emprendedoras y promover proyectos que tengan un impacto significativo en la cultura innovadora de nuestro país. Este proceso, aunque bien intencionado, ha sido objeto de análisis crítico por parte de sectores que cuestionan la concentración de competencias y la posible falta de transparencia en el manejo de los fondos públicos.


El Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025: Objetivos y Alcances

El Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025 se plantea como una herramienta para reconocer y premiar los avances en investigación y desarrollo tecnológico. Su finalidad es doble: por un lado, incentivar a las empresas y organizaciones a invertir en actividades de innovación; por el otro, generar un ambiente competitivo que estimule la creatividad y la transferencia de conocimientos a diversos sectores de la sociedad.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Resolución 10/2025 que Establece el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA: Resolución 10/2025 que Establece el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025

La resolución aprueba formalmente las Bases y Condiciones del certamen, lo que garantiza que el proceso de selección se rija por criterios previamente establecidos en las bases del concurso. Esta aprobación implica la conformación de una Comisión Evaluadora ad-hoc y un Jurado, ambos integrados por miembros de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, ARCOR S.A.I.C. y la Fundación Arcor. Estos integrantes ejercerán sus funciones ad honorem, lo que a priori sugiere una labor desinteresada y comprometida con la promoción de la innovación.

Sin embargo, la centralización de la evaluación y la designación de los integrantes del jurado han generado un ambiente de incertidumbre y críticas en algunos sectores, que señalan la necesidad de mayor independencia y transparencia en la selección de los proyectos ganadores.


Polémica y Crítica en el Proceso de Selección

La resolución, si bien se presenta como un mecanismo de fomento a la innovación, también deja entrever ciertos aspectos polémicos que merecen un análisis crítico. En primer lugar, la delegación de funciones a la SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA para designar a la Comisión Evaluadora y al Jurado plantea interrogantes sobre el grado de independencia de estos organismos. ¿Hasta qué punto podrán ejercer una labor imparcial cuando la misma secretaría tiene competencias directas en el impulso de la innovación?

Además, la medida recalca que la organización del premio no implica erogación alguna para la Secretaría, lo que sugiere que los recursos provistos por ARCOR y su fundación serán los únicos destinados a premiar a los ganadores. Este hecho podría interpretarse como una forma de evitar mayores gastos estatales, pero al mismo tiempo, genera cuestionamientos sobre la transparencia en la administración de los fondos asignados.

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El hecho de que todos los pasos del proceso, desde la evaluación hasta la publicación y archivo de la medida, se encuentren sujetos a un riguroso control normativo, no exime a la administración de críticas. La naturaleza ad honorem de los integrantes del jurado, aunque en apariencia es un gesto de compromiso social, podría en la práctica dar lugar a conflictos de intereses o a una evaluación menos rigurosa de las propuestas.


JAVIER MILEI Y LA PERSPECTIVA DISRUPTIVA EN LA INNOVACIÓN

¿Qué aporta Javier Milei al debate sobre la innovación y la gestión pública?

En medio de este ambiente de polémica y cuestionamientos, resulta inevitable mencionar la figura de Javier Milei. Conocido por su retórica disruptiva y su crítica feroz hacia el sistema burocrático, Milei se ha posicionado como un referente para quienes abogan por una transformación radical en la administración pública.

Milei ha denunciado en repetidas ocasiones la existencia de estructuras estatales que, lejos de fomentar la innovación, obstaculizan el progreso mediante procesos rígidos y poco transparentes. En este contexto, su nombre se asocia a la necesidad de implementar cambios profundos que permitan una mayor eficiencia en el uso de los recursos y una redistribución del poder en los mecanismos de evaluación y selección de proyectos.

La inclusión de esta perspectiva en el debate sobre el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025 invita a reflexionar sobre si el modelo actual, basado en la concentración de competencias en pocas instituciones, es realmente el más adecuado para impulsar el cambio que demanda un país en constante transformación. Así, se abre el debate sobre si la administración pública debería adoptar medidas más flexibles y orientadas a la meritocracia, en lugar de recurrir a procedimientos que parecen favorecer el status quo.


Implicaciones para la Gestión Pública y la Innovación

La resolución en cuestión no solo afecta al ámbito de la innovación, sino que tiene implicaciones más amplias para la gestión pública. Al establecer un marco normativo riguroso para la convocatoria del premio, se evidencia la intención de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de fortalecer las políticas de innovación a través de incentivos y mecanismos de evaluación.

Sin embargo, la centralización del proceso de selección y la falta de recursos estatales directos en la organización del premio pueden ser interpretados como indicativos de una política de externalización de la innovación. Esto plantea una pregunta crítica: ¿estamos ante un modelo que fomenta la participación del sector privado en detrimento del control y la transparencia pública?

Además, el hecho de que el premio se financie exclusivamente con recursos privados, sin una erogación adicional por parte del Estado, podría llevar a que las decisiones queden influenciadas por intereses corporativos. En este sentido, se vuelve fundamental que los procesos de evaluación sean claros, independientes y bien supervisados para evitar cualquier semblanza de favoritismo o conflicto de intereses.

La resolución también destaca la importancia de la divulgación científica y la necesidad de acercar la ciencia y la tecnología a todos los sectores sociales. Este objetivo, en apariencia loable, se enfrenta a la realidad de un sistema que muchas veces parece más orientado a mantener estructuras internas rígidas que a innovar de manera genuina. La inversión en investigación y desarrollo, esencial para el progreso, no debe quedar relegada a meras fórmulas administrativas que, a pesar de su formalidad, no logran dinamizar de manera efectiva el entorno de la innovación.

Resumen y Contexto de la Resolución 10/2025

Puntos clave:

  • Aprobación de las bases y condiciones del «Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025».
  • Organización conjunta entre la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT) y ARCOR S.A.I.C.
  • Fomento de la transferencia tecnológica y la cultura innovadora en Argentina.
  • Sin costos para la SICyT, financiado por ARCOR y Fundación Arcor.

Detalles del Premio

La Resolución 10/2025, emitida el 17 de febrero de 2025 por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT) de la Jefatura de Gabinete de Ministros, aprueba las bases y condiciones del «Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025». Este premio, organizado en colaboración con ARCOR S.A.I.C., tiene como objetivo fomentar la transferencia tecnológica, estimular el emprendimiento, apoyar proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, y promover la cultura innovadora en Argentina. Las bases y condiciones incluyen el procedimiento de evaluación, criterios de selección y otras normativas, incorporadas tras reuniones preparatorias entre las entidades organizadoras.

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Financiamiento y Organización

El financiamiento de los premios, incluyendo el «Premio Nacional Arcor a la Innovación» y la «Mención Especial Fundación Arcor a la Innovación con Perfil Social», será asumido por ARCOR S.A.I.C. y Fundación Arcor, sin implicar erogación alguna para la SICyT. Para la evaluación, se conformarán una Comisión Evaluadora ad-hoc y un Jurado, ambos de carácter ad honorem, con miembros de la SICyT, ARCOR S.A.I.C. y Fundación ARCOR Argentina. La Subsecretaría de Ciencia y Tecnología estará a cargo de designar a los integrantes.

Contexto Político y Administrativo

Esta resolución se enmarca en las competencias asignadas a la SICyT por el Decreto N° 50/2019, que establece su rol en formular políticas para incentivar la contribución del sector privado en actividades científicas y tecnológicas. Además, refleja los objetivos de la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología de divulgar la ciencia y acercarla a la sociedad, alineándose con la reorganización gubernamental bajo el presidente Javier Milei, quien asumió en diciembre de 2023 y reestructuró el área científica bajo la Jefatura de Gabinete.


Nota Detallada

La Resolución 10/2025, publicada el 20 de febrero de 2025 en el Boletín Oficial de la República Argentina, es un documento emitido por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT) de la Jefatura de Gabinete de Ministros, firmado por Darío Leandro Genua. Este instrumento administrativo aprueba las bases y condiciones del «Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025», una iniciativa conjunta con ARCOR S.A.I.C., y establece los procedimientos para su organización y ejecución. A continuación, se detalla el análisis exhaustivo de la resolución, su contexto y las implicaciones administrativas y políticas.

Análisis de la Resolución

La resolución se fundamenta en el Expediente N° EX-2025-01439660-APN-DDYGDICYT#JGM y cita como base legal la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorios, así como el Decreto N° 50/2019 y sus modificaciones. Este último decreto, del 19 de diciembre de 2019, aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, detallando los objetivos de la SICyT y sus dependencias.

El «Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025» es organizado por la SICyT a través de su Subsecretaría de Ciencia y Tecnología (SSCyT) en colaboración con ARCOR S.A.I.C. Según el considerando, el premio tiene como finalidad fomentar la transferencia tecnológica, estimular actitudes emprendedoras, apoyar proyectos de investigación y desarrollos tecnológicos, y promover la cultura innovadora en el país. Estas metas se alinean con los objetivos establecidos en el Anexo II del Decreto N° 50/2019, que asigna a la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología la tarea de impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología en todos los sectores sociales y acercar la innovación a la sociedad.

Las bases y condiciones del premio, aprobadas en el Artículo 1° como Anexo I (IF-2025-14464377-APN-DNPYPCTEI#JGM), incluyen el procedimiento de evaluación de proyectos, los criterios de selección y demás condiciones del concurso. Estas fueron acordadas en reuniones preparatorias entre las entidades organizadoras, asegurando un marco transparente y estructurado para la convocatoria.

Financiamiento y Costos

Un aspecto relevante es que la organización del premio no implica erogación alguna para la SICyT, como se menciona en los considerandos. Según la Nota IF-2025-01393597-APN-DAYCA#MCT, ARCOR S.A.I.C. y Fundación Arcor asumirán el pago a los proyectos ganadores, tanto del «Premio Nacional Arcor a la Innovación» como de la «Mención Especial Fundación Arcor a la Innovación con Perfil Social». Esto refuerza el rol de la SICyT como facilitadora de políticas públicas, fomentando la participación del sector privado en actividades científicas y tecnológicas, tal como lo establece el Decreto N° 50/2019.

Estructura de Evaluación

Para dar cumplimiento a las etapas de evaluación previstas en las bases, la resolución establece en el Artículo 2° la conformación de una Comisión Evaluadora ad-hoc y un Jurado, ambos de carácter ad honorem. Estos estarán integrados por miembros de la SICyT, ARCOR S.A.I.C. y Fundación ARCOR Argentina, y su designación recae en la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología, quien debe nombrarlos antes de la instancia de evaluación de los proyectos. Este enfoque ad honorem asegura la participación de expertos sin costos adicionales para el Estado, alineándose con la política de austeridad fiscal del gobierno actual.

Contexto Político y Administrativo

La resolución se dicta en virtud del Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, que reordenaron la estructura organizativa de la Administración Pública Nacional para adaptarla a criterios de racionalidad y eficiencia. Bajo la administración de Javier Milei, quien asumió la presidencia en diciembre de 2023, se implementaron reformas significativas, incluyendo la reducción de ministerios de 18 a 9 y la integración de Ciencia, Tecnología e Innovación a la Jefatura de Gabinete de Ministros, como se detalla en Gabinete de Argentina – Wikipedia. Esta reorganización, reflejada en decretos como el N° 70/2025, busca agilizar la gestión y reducir el gasto público, en línea con las políticas de austeridad y ajuste fiscal.

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El contexto presupuestario es crucial: el presupuesto de 2023 fue prorrogado para 2025, una situación sin precedentes, según Argentina renews two-year-old budget for 2025, an unprecedented situation. Esto permite al gobierno operar con mayor flexibilidad, pero también refleja desafíos financieros, con un enfoque en el equilibrio fiscal, como se menciona en Argentina’s President Milei presents 2025 budget, vowing austerity. La ausencia de costos para la SICyT en este premio es coherente con esta política, destacando la colaboración con el sector privado para financiar iniciativas innovadoras.

Intervenciones y Legalidad

La Dirección de Asuntos Jurídicos de Innovación, Ciencia y Tecnología, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Innovación, Ciencia y Tecnología, ha tomado la intervención de su competencia, asegurando el cumplimiento legal de la medida. Esto refuerza la transparencia y el apego a las normativas vigentes, como se detalla en Gestión Administrativa de Innovación, Ciencia y Tecnología | Argentina.gob.ar.

Implicaciones y Seguimiento

La resolución incluye disposiciones administrativas estándar, como la comunicación a la Subsecretaría de Ciencia y Tecnología, la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Innovación, Ciencia y Tecnología, y la publicación en la Dirección Nacional del Registro Oficial. Estas acciones aseguran la difusión y el cumplimiento de la medida, alineándose con los procedimientos burocráticos establecidos.

Tabla de Estructura Organizativa Relevante

NivelEntidadFunción Principal
Jefatura de Gabinete de MinistrosSecretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT)Formula políticas para el desarrollo científico y tecnológico
Subsecretaría de Ciencia y TecnologíaOrganización del premio y designación de evaluadoresImpulsa divulgación de la ciencia y acercamiento a la sociedad
Subsecretaría de Gestión AdministrativaDirección de Asuntos JurídicosAsegura soporte legal y cumplimiento normativo

La Resolución 10/2025 refleja el compromiso de la SICyT con la promoción de la innovación y la colaboración público-privada, sin costos para el Estado, en un contexto de reorganización gubernamental y ajuste fiscal. Este premio, financiado por ARCOR y Fundación Arcor, refuerza el rol del sector privado en el desarrollo tecnológico, alineándose con las políticas de Javier Milei y la estructura organizativa definida por el Decreto N° 50/2019.

Key Citations:


Reflexiones Finales: ¿Hacia Dónde se Dirige la Innovación en el Estado?

La Resolución 10/2025 se presenta como un instrumento legal destinado a incentivar y reconocer los esfuerzos en el ámbito de la innovación, pero también es un reflejo de las tensiones existentes en la gestión pública actual. Por un lado, se evidencia el compromiso de la administración para impulsar proyectos que fomenten el desarrollo tecnológico y la transferencia de conocimientos. Por otro, surgen dudas sobre la verdadera independencia de los procesos evaluativos y la posible influencia de intereses privados en decisiones de gran impacto.

La designación de la Comisión Evaluadora ad-hoc y del Jurado con carácter ad honorem debería, en teoría, garantizar una labor imparcial y orientada al bien común. Sin embargo, la falta de transparencia y la concentración de funciones en pocos organismos generan un clima de incertidumbre y crítica que no pasa desapercibido para los analistas y la ciudadanía.

En un escenario donde se debate intensamente sobre el rol del Estado en la promoción de la innovación, la referencia a figuras como Javier Milei cobra especial relevancia. Su llamado a una ruptura con las estructuras tradicionales y su defensa de una administración más eficiente y menos burocrática resuena en aquellos que buscan un cambio profundo en la forma en que se gestionan los recursos y se promueve la creatividad en nuestro país.

La resolución, al mismo tiempo que sienta un precedente en la forma de organizar y financiar el Premio Nacional Arcor a la Innovación 2025, invita a una reflexión más amplia sobre el futuro de la innovación en el Estado. ¿Será este el inicio de una nueva etapa en la que la ciencia y la tecnología se impulsen con mayor dinamismo, o simplemente se reafirma un modelo que, a pesar de sus aparentes avances, continúa enraizado en prácticas tradicionales y poco transparentes?

La respuesta a esta pregunta dependerá en gran medida de la capacidad de los actores involucrados para adaptarse a los desafíos del siglo XXI, combinando la inercia institucional con la necesidad imperiosa de innovación y modernización. La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA se encuentran en una encrucijada en la que sus decisiones podrían marcar un antes y un después en la forma en que el país concibe el avance tecnológico y la gestión pública.

En definitiva, la Resolución 10/2025 es mucho más que un documento administrativo: es un espejo de las tensiones y contradicciones que atraviesan la estructura del Estado, un llamado a la reflexión sobre la necesidad de reformar los procesos internos y, sobre todo, una invitación a todos los actores sociales a participar activamente en la construcción de un futuro en el que la innovación sea sinónimo de transparencia, eficiencia y equidad.

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