Contexto de la CTMFM y la Resolución 3/2025
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) se constituyó como una entidad fundamental bajo el Tratado del Río de la Plata, suscrito entre Argentina y Uruguay. Esta comisión tiene como propósito principal la gestión y conservación de los recursos pesqueros en el área marítima compartida por ambos países. A lo largo de los años, la CTMFM ha desempeñado un rol crucial en la regulación de las actividades pesqueras, fomentando prácticas sostenibles que aseguran la preservación de las especies marinas, así como el equilibrio ecológico en la región.
El calamar (Illex argentinus) se ha convertido en un recurso pesquero de gran importancia tanto económica como ecológica para Argentina y Uruguay. La sobreexplotación de esta especie ha planteado serios desafíos para su conservación, lo que llevó a la CTMFM a implementar medidas más rigurosas para regular su captura. La emisión de la Resolución 3/2025 es un resultado directo de la evaluación continua de las poblaciones de calamar en la región. Este proceso evaluativo incluye la recopilación de datos biológicos y pesqueros, donde se analizan las fluctuaciones en la biomasa de la especie y la efectividad de las prácticas de pesca actuales.
El proceso que llevó a la formulación de la Resolución 3/2025 implicó un análisis exhaustivo y consensuado entre los países miembros, así como consultas con expertos en biología marina. Este enfoque colaborativo asegura que las decisiones tomadas por la CTMFM estén alineadas con los objetivos de conservación y sostenibilidad a largo plazo. A través de la implementación de la resolución, la CTMFM busca no solo regular las cuotas de captura, sino también promover la investigación y el monitoreo constante de las poblaciones de calamar, garantizando así el uso responsable de los recursos marítimos en la zona compartida.
Artículo 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata
El Tratado del Río de la Plata, firmado en 1973, es un marco fundamental para la cooperación entre Argentina y Uruguay, especialmente en lo que respecta a la gestión de sus recursos naturales compartidos. En este contexto, los artículos 80 y 82 desempeñan un papel crucial en la regulación de la pesca del calamar en la zona común, fijando los lineamientos necesarios para la sostenibilidad de la actividad pesquera.
El Artículo 80 establece la necesidad de cooperación entre ambos países en la gestión y conservación de los recursos pesqueros. Este precepto subraya la importancia de un enfoque conjunto, donde Argentina y Uruguay puedan implementar prácticas que aseguren la protección de las especies, como el calamar, que son vitales para la economía local y el medio ambiente. Asimismo, el artículo otorga a cada país responsabilidades específicas, lo que facilita la elaboración de políticas pesqueras coherentes y adaptadas a las características únicas de la zona común.
Por otro lado, el Artículo 82 complementa estos esfuerzos al delinear los derechos de ambos estados en relación a la explotación de los recursos vivos. Este artículo no solo promueve una competencia equitativa, sino que también establece normativas que regulan la actividad pesquera para evitar la sobreexplotación. En este sentido, los artículos en conjunto aseguran que la pesca del calamar sea realizada de manera sostenible, permitiendo que las futuras generaciones puedan seguir beneficiándose de estos recursos. La adaptación de las leyes a las necesidades cambiantes de ambos países es esencial para fomentar una colaboración efectiva en la gestión de la pesca, contribuyendo así a la dinámica económica y social de la región.
Impacto en el Sector Pesquero
La apertura de la temporada de pesca del calamar en la Zona Común, conforme a lo establecido por la Resolución 3/2025 de la CTMFM, se estima que tendrá un efecto significativo en el sector pesquero. En primer lugar, es importante considerar los beneficios económicos que esta actividad puede aportar. La pesca del calamar representa una fuente importante de ingresos para muchos pescadores y empresas del sector, generando empleo y mejorando la economía local. Los calamares son un producto de alto valor en los mercados, lo cual puede traducirse en mayores márgenes de beneficio para quienes participen en esta actividad.
Sin embargo, junto a estos beneficios, surgen varios desafíos, especialmente en relación con la sostenibilidad. La sobreexplotación de los recursos pesqueros es una preocupación crítica, ya que puede llevar a la reducción de las poblaciones de calamar y afectar negativamente el ecosistema marino. Es esencial que los pescadores y las empresas se adhieran a las regulaciones establecidas en la resolución, que están diseñadas para promover prácticas de pesca sostenibles y asegurar la conservación del recurso. Esto incluirá la implementación de cuotas, restricciones de tamaño y medidas de seguimiento que permiten evaluar la salud de las poblaciones de calamar.
Además, la colaboración entre las partes interesadas será fundamental para abordar estos desafíos. Los pescadores deberán estar informados sobre las prácticas responsables de pesca y participar en programas de capacitación que los equipen con herramientas para minimizar el impacto ambiental. Asimismo, las empresas deben adoptar estrategias comerciales que prioricen la sostenibilidad, garantizando un futuro viable tanto para la industria pesquera como para las generaciones venideras. Por lo tanto, el equilibrio entre la rentabilidad y la conservación será la clave en este nuevo escenario propuesto por la resolución.
Transparencia y Difusión de la Resolución
La Resolución 3/2025 de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM) se erige como un paso fundamental hacia una gestión más ética y accesible de los recursos pesqueros en la Zona Común. La importancia de comunicar esta resolución a los ministerios de relaciones exteriores de Argentina y Uruguay no puede ser subestimada. En primer lugar, esta comunicación fortalece las relaciones intergubernamentales, asegurando que ambas naciones estén alineadas en sus objetivos de conservación y explotación sostenible del calamar.
Además, la difusión oficial de la resolución en los boletines de ambos países garantiza que todos los interesados, desde pescadores hasta organizaciones ecologistas, tengan acceso a la información relevante. Este acceso es vital para fomentar la transparencia en las políticas pesqueras, permitiendo que se realicen estudios independientes y que se formulen críticas constructivas que pueden enriquecer el debate en torno a la pesquería del calamar. Cuando las partes interesadas están bien informadas, se promueve un diálogo abarcativo, que resulta esencial para la gestión participativa de recursos.
Asimismo, la publicación de la resolución en boletines oficiales establece un precedente en la regulación pesquera, reforzando el compromiso de ambos gobiernos de ser responsables ante la comunidad. Esta estrategia no solo contribuye a la transparencia, sino que también ayuda a minimizar posibles conflictos entre los países y los pescadores, fomentando una cultura de responsabilidad compartida en el uso de los recursos marinos. En este contexto, el papel de la difusión y la comunicación se convierte en un pilar fundamental para que la Resolución 3/2025 pueda cumplir efectivamente sus objetivos de sostenibilidad y gestión responsable.

Off Topic es un autor que aborda temas de libertad individual y acción ciudadana en la web Libertad en Acción. Sus escritos ofrecen una perspectiva reflexiva y crítica sobre diversos temas de actualidad, fomentando el debate y la conciencia social.